1r. Comprueben qué seguros tienen contratados (del hogar, del vehículo, etc...) y si éstos cubren daños .
Sólo se podrá conseguir una indemnización por daños si el bien siniestrado estaba asegurado en el momento del siniestro (los días del temporal de viento).
2n. En el supuesto de que tengan una póliza de seguros que cubra los bienes dañados, es recomendable hacer fotos de los bienes dañados y guardar los justificantes de los gastos urgentes que tengan. En todo caso, es necesario que, lo antes posible, comuniquen el siniestro a su entidad aseguradora con los siguientes modelos de comunicado y de relación de bienes dañados:Documentos:
- Anexo I. Comunicado de siniestro para la entidad aseguradora.
- Anexo II. Relación de bienes dañados por la tormenta ciclónica atípica que sufrió Cataluña el mes de enero de 2009.
3r. Si el siniestro hubiera ocurrido en una zona geográfica con vientos iguales o superiores a 135 km/hora, su entidad aseguradora tiene la obligación de comunicar el siniestro al Consorcio de Compensación de Seguros y será esta entidad, quien de acuerdo con su Reglamento, se haga cargo de indemnizar los daños.
Es preciso recordar que a las pólizas de seguros de daños la entidad aseguradora cubre los riesgos de acuerdo con las condiciones estipuladas y el Consorcio de compensación de seguros cubre los riesgos extraordinarios o catastróficos (en este caso vientos superiores a 135 km/h y tormentas ciclónicas atípicas -rachas de vientos superiores a 135 km/h y lluvia-). Pueden consultar el listado de municipios en los que el Consorcio de Compensación de Seguros cubre los daños por temporal de viento de los dias 23 a 25.01.2009.
1r. En el supuesto de que aún no se haya restablecido adecuadamente el servicio contacten con su compañía (eléctrica, de aguas. ...) a través de los canales de atención al cliente de la misma.
2n. Si tienen contratado un seguro del hogar del tipo multirriesgo (con múltiples riesgos y garantias cubiertas) comprueben si cubre los daños y perjuicios sufridos por los cortes de suministro.
En este caso, comuniquen el siniestro a su compañía con los siguientes modelos de comunicado y de relación de bienes dañados:Documentos:
En el supuesto de que hayan sufrido daños en los bienes y también cortes de suministro y ambos estén cubiertos por la misma aseguradora especifíquenlo de forma conjunta en el mismo comunicado del siniestro.
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Teléfono de Atención Ciudadana de la Generalitat de Catalunya 012
Establecimiento: 0,33€. Cost/min: 0,087€ Tarifación por segundos. IVA INCLUÍDO Desde Catalunya: 902 400 012
Desde el extranjero: 00 34 902 400 012 |
Si todavía tienen alguna duda, pueden rellenar y enviar el formulario de consulta.
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