La política de los consumidores es un elemento esencial para conseguir el objetivo estratégico de la Comisión Europea de mejorar la calidad de vida de todos los ciudadanos de la UE. La ejecución de esta política requiere desarrollar acciones legislativas y de otros tipos, a fin de promover los intereses, la salud y la seguridad de los consumidores en el mercado interior, para asegurar que se tengan en cuenta las exigencias de los consumidores en todas las políticas de la UE y para complementar las políticas de los Estados miembros en este ámbito. En este contexto, la Comisión Europea promueve las organizaciones de consumidores y trata de reforzar el papel de sus representantes en los procesos decisorios. En el ámbito internacional, la Comisión intenta asegurar que los países de próxima adhesión y los países candidatos aplican correctamente los mismos altos niveles de protección y de seguridad de los consumidores que existen en la Comunidad Europea. La Comisión garantiza también la promoción de la política de los consumidores y fomenta la adopción de normas rigurosas en materia de seguridad en los foros internacionales y en sus relaciones con terceros países.
Programa de trabajo de la Comisión Europea para el 2010
En cuanto a la política de consumo, hay que destacar el Anexo I:
Capacitar a las personas consumidoras, mejorar su bienestar y protegerlas de manera eficaz

La Comisión Europea crea una página web sobre prácticas comerciales desleales
La Comisión Europea inauguró el 7 de noviembre una página web que ofrece ayuda y consejo a los consumidores de todas las edades que hayan sido engañados o estafados por comerciantes de dudosa fiabilidad o bien que quieran saber de qué fraudes han de estar alerta. La idea es impulsar la confianza de los consumidores proporcionándoles información clara sobre sus derechos y sobre los organismos a los que pueden recurrir, en caso de verse afectados por un caso de estafa.
La web contiene ejemplos de prácticas desleales habituales que han sido prohibidas por la Directiva de prácticas comerciales desleales (UCP). Además hay una Lista Negra que contiene las prácticas que son claramente ilegales y perjudiciales para los consumidores. Algunos de los ejemplos más comunes de este tipo de prácticas son:
Además de obtener información práctica sobre sus casos, los visitantes de la web pueden poner a prueba su conocimiento sobre qué es una práctica legítima y qué no lo es, o ver vídeos sobre fraudes habituales. La web está disponible en 22 idiomas oficiales en la UE.
Orientaciones de la Comisión Europea sobre la Directiva de prácticas comerciales desleales
Se trata de un documento de trabajo de los servicios de la Comisió, sin ningún valor legal ni vinculante y no exhaustivo. En caso de conflicto la competencia interpretativa sobre la Directiva recae en el Tribunal de Justicia de la UE.
El documento quiere orientar sobre los conceptos clave y disposiciones más problemáticas de la Directiva, por eso incluye ejemplos prácticos al respecto.
La guía se basa en el resultado de la cooperación entre Estados miembros y partes interesadas, llevado a cabo por los servicios de la Comisión en los años siguientes a la adopción de la Directiva. Se trata de un documento vivo, disponible en línea y que se irá actualizando a través del conocimiento del aumento de prácticas comerciales desleales. A raiz de las prácticas de un grupo de trabajo y de varias consultas, se ha llegado a este documento de trabajo enfocado a un número de temas destacados por las autoridades nacionales y las partes implicadas. Estas orientaciones irán evolucionando, conforme a las informaciones de los organismos ejecutores nacionales, el nacimiento de nuevas prácticas o cuestiones addicionales y el desarrollo de casos legales nacionales y europeos. Además, constituyen un soporte para el Informe final sobre la aplicación de la Directiva, que la Comisión ha de someter al Parlamento Europeo y al Consejo en junio de 2011.

El cuadro de indicadores identifica las partes del mercado interior que no funcionan bien para los consumidores.
En la primera parte del cuadro de indicadores se supervisa el rendimiento de los mercados en la economía a partir de cinco indicadores clave: reclamaciones, precios, satisfacción, cambios de proveedor y seguridad, los cuales contribuyen a determinar los mercados de consumidores con riesgo de disfunción.
En la segunda parte, se presentan los indicadores a partir de los cuales se realiza el seguimiento de los avances en la integración del mercado minorista.
La tercera parte expone datos comparativos sobre las políticas nacionales en materia de consumo.
Segunda edición del Cuadro de indicadores de los mercados de consumo
Tercera edición del Cuadro de indicadores de los mercados de consumo
Informes sobre satisfacción de las personas consumidoras
La calidad de los servicios y la confianza en el mercado es lo que cuenta para las personas consumidoras
La Dirección General de Sanidad y Consumo de la Comisión Europea ha publicado unos informes sobre la satisfacción de las personas consumidoras, los cuales cubren 8 mercados y 27 Estados miembros. Los informes ofrecen una gran cantidad de información detallada, de valor y de interés para los políticos de la UE, las organizaciones de empresarios y las asociaciones de personas consumidoras, así como para las propias personas consumidoras. Los informes de los países comparan directamente los resultados nacionales con la media de la UE, mientras que el informe final y los informes sobre 8 productos del mercado hacen un análisis más profundo de las áreas de política más importantes para mejorar la satisfacción de las personas consumidoras.
El informe final incluye los resultados más importantes en el ámbito europeo. En el informe sobre 8 productos del mercado se encuentran diferencias importantes entre los países (p.e.: las diferencias relacionadas con la satisfacción en la elección disponible de productos respetuosos con el medio ambiente varían entre el 30% y el 79% de personas consumidoras satisfechas en el mercado para el mercado de la fruta y verdura fresca. Los 8 mercados son: fruta y verduras, bebidas no alcohólicas, carne, TIC, electrodomésticos, productos para el tiempo libre, ropa y zapatos, y vehículos nuevos. Se pueden observar variaciones entre mercados en los países y se pueden establecer tendencias para cualquier país a través de estos mercados (p.e.: facilidad a la hora de comparar precios y calidad, horas de apertura, capacidad de escoger productos respetuosos con el medio ambiente, etc.).
En general las personas consumidoras europeas están satisfechas con la actuación de sus mercados, sin embargo, no están tan satisfechas en lo que se refiere a la relación calidad-precio. Tienden a dar más importancia al servicio que al precio. Según los resultados del modelo de satisfacción, se puede decir que los principales indicadores en los mercados europeos estudiados son la calidad del servicio y la confianza en los comerciantes. Las principales áreas en las que una mejora puede tener unos efectos más importantes sobre la satisfacción están relacionadas con aspectos de protección a las personas consumidoras (publicidad, protección de la privacidad, condiciones contratuales claras y justas, etc.), así como la calidad del servicio, principalmente las habilidades y la profesionalidad del personal, y entregas puntuales y correctas.
Los resultados del informe se incorporarán en futuros estudios de la Comisión.
Para más información (en inglés): http://ec.europa.eu/consumers/strategy/cons_satisfaction _en.htm
Informe de la Dirección General de Salud y de Consumo de la Comisión Europea sobre Comercio Electrónico en la UE - marzo de 2009-
La Comisión Europea, a través de la Dirección General de Salud y de Consumo, ha editado un informe especial sobre comercio electrónico transfronterizo en la Unió Europea (inglés), que analiza las principales tendencias oportunidades y punto débiles del comercio electrónico para los consumidores europeos.

Primer informe de la Comisión Europea sobre el impacto de la Directiva 98/27/CE, relativa a las acciones de cesación en materia de protección de los intereses de los consumidores
La acción de cesación es una orden judicial o administrativa que requiere a los profesionales que cesen sus prácticas ilícitas. La Directiva 98/27/CE ha sido implementada en los estados miembros de acuerdo con un esquema que permite a las organizaciones de consumidores y a las autoridades públicas de consumo obtener una decisión judicial que haga cesar los incumplimientos de las normas de protección de los consumidores, incluso los que suceden en otros estados miembros. Entre estas infracciones encontramos la publicidad de las loterías fraudulentas o las cláusulas abusivas en los contratos de las personas consumidoras.
El informe se basa en dos ejes:
Finalmente el informe concluye que la nueva red ejecutiva de consumo establecida por la CPR (Consumer Protection Regulation) y las nuevas normas sobre la ley aplicable a las obligaciones no contractuales, deberían ayudar -al menos parcialmente- a acabar con las dificultades mencionadas. En este sentido, la Comisión no propondrá ningún cambio en la Directiva y continuará haciendo el seguimiento de su aplicación.


El Parlamento Europeo ha publicado el informe Prácticas engañosas de las guías de empresas en el contexto de la legislación dirigida a proteger a los consumidores y a las pequeñas empresas, en el actual y futuro mercado interior (en inglés). El informe, elaborado por la empresa CIVIC CONSULTING, ha contado con la participación de la Agencia Catalana del Consumo.
El estudio proporciona una visión general sobre el alcance del problema de las guías o directorios de empresas, conocidos por aplicar prácticas engañosas. Se describen medidas judiciales y extrajudiciales tomadas por las empresas afectadas y se debaten iniciativas de los Estados miembros dirigidas a abordar dichas prácticas. El estudio incluso presenta una visión del marco legal comunitario acutal y de su implementación nacional.
Por último, presenta conclusiones generales y debate de las opciones para una acción comunitaria. El análisis de este estudio se ha basado en varias fuentes. Los participantes y las autoridades competentes implicadas durante el proceso de análisis de datos han participado en entrevistas y encuestas. Se han aportado diversos casos prácticos al informe para documentar las resoluciones judiciales y las acciones emprendidas contra las "guías de empresas" conocidas por aplicar prácticas engañosas. Se ha efectuado un detallado análisis legal en tres estados miembros (Austria, Holanda y España). El informe de campo examina la transposición de la Directiva sobre prácticas comerciales desleales en las legislaciones nacionales, y las posibles lagunas resultantes, así como las medidas judiciales y de otro tipo acaecidas en los respectivos Estados miembros.

Dictamen aprobado por el Comité de las Regiones
En la 79a sesión plenaria del 21 y 22 de abril celebrada en el hemiciclo del Parlamento Europeo, el Comité de las Regiones aprobó, entre otros, el Dictamen sobre los derechos de los consumidores, que versa sobre la Propuesta de directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos de los consumidores.
Novedad! (9 de octubre de 2009): La Comisión ha elaborado una tabla comparativa que pone de manifiesto el impacto de los temas más relevantes de la Propuesta de directiva de los derechos de las personas consumidoras en relación con los niveles nacionales de protección que éstas reciben. Junto con la tabla se publica una nota que aborda los diferentes temas legales destacados en el proceso legislativo (ámbito, vinculación con la ley nacional general de contratos y otras legislaciones comunitarias). La tabla cubre sólo los supósitos para los que era posible evaluar cómo afectaría la propuesta a los derechos de las personas consumidoras en diferentes estados miembros, por ejemplo, la durada del plazo del derecho desistimiento y de la garantía legal.
Importante: estos dos documentos no son definitivos, se completarán y actualizarán con el examen continuado de los estados miembros sobre sus leyes nacionales. Este borrador tampoco representa el punto de vista oficial de la Comisión.
Opinión del European Consumer Consultative Group (en inglés) sobre la Propuesta de directiva de los derechos de los consumidores adoptada por la Comisión Europea el 6 de octubre de 2009.

La Comisión Europea presenta los resultados 2007 de la acción ejecutiva de "Barrido" de líneas aéreas
En setiembre de 2007 la UE y 15 autoridades nacionales de Estados miembros (Red de Protección del Consumidor, CPC) más Noruega, iniciaron una investigación para verificar el cumplimiento de la normativa de protección de las personas consumidores, por parte de los sitios web europeos de venta de billetes de avión. En mayo de 2009 se hicieron públicos los resultados. La Agencia Catalana del Consumo ha estado presente en el seguimiento de los trabajos mediante su participación activa en el CPC.
Resumen de la acción de supervisión de la Comisión Europea y los Estados Miembros (Sweep Day)
Lista de los resultados de las consultas realizadas a las compañías aéreas (en inglés)
Informe final sobre el Estudio del cumplimiento de los derechos de los pasajeros (en inglés)
La Comisión Europea presenta los resultados en 2009 de la primera fase de Sweep o rastreo realizado sobre las webs que venden productos electrónicos.
El pasado día 9 de septiembre, la Comisaria de Salud y Consumo de la UE, Meglena Kuneva, presentó los resultados de la primera fase del sweep o rastreo realizado sobre las webs que venden productos electrónicos (como son cámaras digitales, teléfonos móviles y reproductores de música personales) en 26 países de la UE más Noruega e Islandia.
Los resultados han mostrado irregularidades en el 55% de las webs visitadas, irregularidades relacionadas muy especialmente con:
1) Falta de información o publicidad engañosa sobre los derechos de los consumidores;
2) Falta de información o publicidad engañosa sobre el coste total del producto;
3) Falta de información o ausencia absoluta de los datos de contacto del vendedor.
Las autoridades nacionales deberán contactar a las empresas que estén realizando malas prácticas y solicitar que adecuen su oferta a la normativa de protección de los consumidores para evitar sanciones económicas.
Para más información:
Comunicado de prensa
Web de la Dirección General de Salud y Consumo de la Comisión Europea;
Memoria y preguntas más frecuentes (en inglés);
Aquí encontrará información y ejemplos sobre buenas y malas prácticas en la comercialización electrónica de productos digitales y sobre los derechos de los consumidores europeos en este ámbito.
L'Agència Catalana del Consum está preparando para el próximo mes de noviembre de 2009 una Jornada que tratará temas relacionados con la protección de los consumidores y su identidad digital delante del incremento de las compras a través de internet. Además, también contará con la participación de empresas y su visión sobre los retos y oportunidades que les ofrece el comercio electrónico así como la atención a los clientes que utilizan este canal de comercialización.

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Título y descripción |
Referencia |
Fecha límite |
Enlace a la licitación |
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Convocatoria de propuestas 2010 para contribuciones financieras al funcionamiento de organizaciones de consumidores europeas que representen los intereses de las personas consumidoras en el desarrollo de normas para productos y servicios de ámbito comunitario |
2010/C 191/07 |
2014 |
El 26 de noviembre la Comisión Europea lanzó la consulta pública sobre la revisión de la normativa actual en relación con los viajes combinados, que data de 1990. La Comisión estudiará la posibilidad de ampliar las normas de protección al consumidor a los productos de viaje que se ofrecen hoy en día en el mercado. El aumento de transportistas que operan por Internet y el aumento de transportistas de bajo coste ha revolucionado la manera como las personas consumidoras organizan sus vacanciones. El 23% de personas consumidoras de la UE (y más del 40% en países como Irlanda o Suecia) se preparan sus propios "viajes combinados dinámicos". A menudo no queda claro si estos turistas están protegidos por la normativa actual de la UE de protección a las personas consumidoras.
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Título y descripción |
Fecha límite |
Enlace a la consulta |
Más información |
Respuestas |
Informes |
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Consulta pública sobre la revisión de la Directiva sobre viajes combinados
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07.02.2010 |
Primeras observaciones de la Comisión Europea Opinión del Grupo Europeo Consultivo sobre Consumo (en inglés) |
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Consulta pública sobre el desarrollo de una metodología armonizada para clasificar e informar sobre las preguntas y reclamaciones de los consumidores en la UE |
05.10.2009 |
Nota de prensa |
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01.03.2009 |
Texto (en inglés) - Grupo Consultivo Europeo de los Consumidores |
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Consulta pública sobre el desarrollo de una metodología armonizada para clasificar y gestionar las reclamaciones de los consumidores en la UE |
10.10.2008 |

Marzo 2010
Actitudes sobre las ventas transfronterizas y la protección a las personas consumidoras (en inglés)
Noviembre 2009

Cuadro de Indicadores de los Mercados de Consumo
El Cuadro de Indicadores de los Mercados de Consumo pone de manifiesto la existencia de obstáculos para la obtención de mejores condiciones, así como un deterioro de la situación de las personas consumidoras.
Comunicado de prensa (en inglés)
Preguntas y respuestas (en inglés)
Informe (en inglés)
Estudio de la Red de Centros Europeos del Consumidor:
Nueva edición del Informe "Consumidores en Europa - 2009"
La Dirección General de Salud y Consumo de la Unión Europea ha publicado la edición para el año 2009 del Informe "Consumidores en Europa 2009". Este informe refuerza el objetivo de establecer a los consumidores europeos como eje básico para la mejora del Mercado Interior de la Unión Europea.
El Informe aporta datos generales sobre consumidores y tendencias de consumo a nivel de la Unión además de datos más específicos relacionados con diferentes segmentos de mercado y las tendencias de consumo para los mismos. Por ejemplo, se ofrecen datos de consumo para mercados como el de la alimentación y bebidas, tabacos, transportes y comunicaciones, ropa y calzado, electricidad, carburantes, muebles, salud, hoteles y servicios de cátering así como otro tipo de sectores más heterogéneos como son el de los cuidados personales y belleza. Para cada uno de estos sectores, los datos que se ofrecen siempre están relacionadas con temas de consumo y en concreto con la accesibilidad a los productos y servicios, selección, precios, satisfacción y calidad y seguridad.
La publicación es un esfuerzo en común entre la Dirección General de Salud y Consumo de la Comisión Europea y el Eurostat, oficina de estadísticas de la Comisión.
Informe sobre el comercio electrónico transfronterizo en la UE
Informe de la Comisión Europea de febrero de 2009 relativo a las principales tendencias, problemáticas y oportunidades del comercio electrónico transfronterizo en la Unión Europea (Informe en inglés).
Publicació de l'Estudi "Consumer Redress in the European Union: Consumer experiences, perceptions and choices", 2009
La Comisión Europea y el Eurobarómetro han publicado el estudio dirigido por la empresa TNSqual+ sobre Recursos de los consumidores entre grupos determinados de consumidores pertenecientes a los 27 países de la UE. Este estudio forma parte del contrato marco cualitativo del Eurobarómetro. Los objetivos de esta investigación han sido:
1) Una aproximación a la experiencia de los consumidores en referencia a los mecanismos de recursos;
2) Explorar los niveles de conocimiento de los consumidores sobre los mecanismos para los recursos y la probabilidad de que utilicen alguno en algún momento;
3) Investigar las barreras con las que se encuentran los consumidores en el momento de utilizar los mecanismos de recursos colectivos, tanto dentro de su país como a nivel transfronterizo en la UE.
Informe final sobre el uso de los sistemas ADR en la UE
Estudio sobre las personas consumidoras en los casos de quiebra de las compañías aéreas
El 7 y 8 de octubre de 2009, como consecuencia de una pregunta parlamentaria, la sesión plenaria del Parlamento Europeo debatió este tema de actualidad y la viabilidad o conveniencia de establecer un fondo de reserva dotado por los transportistas aéreos para afrontar estos casos. Desde el año 2000, se han registrado 77 casos de quiebra de compañías áereas en la UE. La legislación comunitaria no cubre este aspecto en lo que se refiere a los derechos de las personas pasajeras que han reservado billetes con estas compañías insolventes.
Por eso, la Comisión ha publicado un estudio ilustrativo sobre el impacto de estas quiebras en los más de 700 millones de pasajeros que anualmente se desplazan en avión a la UE. Se pone énfasis en las situaciones de reembolso del importe de los billetes y también en los casos de repatriación de las personas pasajeras, así como las posibilidades alternativas existentes (intervención de otras compañías aéreas, seguros vinculados, etc.). Las personas pasajeras más vulnerables sobre este tema son las que no han realizado la reserva de vuelo a través de una agencia de viajes o bien no la han pagado con la tarjeta de crédito.
Nota de prensa sobre la publicación del estudio.

Libro verde sobre el Derecho contractual en la UE
El 1 de julio de 2010, la Comisión Europea adoptó el Libro verde sobre el Derecho contractual. El documento incluye propuestas para mejorar la coherencia del Derecho contractual, introducir más seguridad jurídica para las empresas y las personas consumidoras y simplificar las normas para las personas consumidoras.
Más información
Derecho contractual en la UE: intento de estimular los intercambios transfronterizos y fortalecer los derechos de las personas consumidoras
La Comisión Europea convocó el viernes 21 de mayo de 2010 un grupo de expertos para debatir sobre la mejora del derecho contractual en la UE.
La Comisión ha previsto abrir este verano una consulta pública, hasta el mes de enero 2011, para mejorar la coherencia de las legislaciones sobre contratos. Una de las propuestas previstas es crear un derecho europeo contractual propio, opcional o facultativo (llamado el "28º sistema"). Así, por ejemplo, una persona consumidora residente en Polonia que compre por Internet, podría clicar sobre un "botón azul" en la propia web y escoger el instrumento de derecho europeo de los contratos, lo cual le garantizaría un grado elevado de protección.
El 26 de abril de 2010, mediante la Decisión 2010/233/UE, la Comisión formó a un grupo de expertos para un marco común de referencia en el ámbito del derecho contractual europeo, el cual se reunirá una vez al mes hasta mayo de 2011 y que agrupa juristas del mundo académico, abogados, notarios y representantes de las personas consumidoras y de las empresas. Los especialistas en derecho, cuyos trabajos se han financiado por el VI programa de investigación de la UE, han estudiado a fondo el complejo ámbito del derecho privado; sus trabajos han alcanzado un proyecto de marco común de referencia. El nuevo grupo elaborará un documento de uso fácil y redacción sencilla. El texto repasará las diferentes fases de un contrato, desde las obligaciones precontractuales hasta las consecuencias de la rescisión, pasando por la formación de los contratos y las vías de recurso en caso de ruptura de contrato. La DG de Justicia, Libertad y Seguridad de la Comisión ha presidido la primera reunión sobre temas concretos vinculados a la definición de contrato, su interpretación y su formación. El Parlamento Europeo y el Consejo participan como observadores en las reuniones.
El pasado 19 de mayo la Comisión presentó una agenda digital en que remarca las posibilidades que el Derecho contractual europeo ofrece con el fin de complementar en el Mercado Único digital para personas consumidoras y empresas.
La Comisión Europea lanza un paquete de medidas para mejorar el cumplimiento de la normativa de consumo en Europa
Ante la emergencia y expansión del comercio electrónico y la ampliación del Mercado Interior de la Unión Europea, junto con la creciente globalización en el intercambio de bienes y servicios, la Comisión Europea lanzó el pasado día 3 de julio de 2009 un paquete de medidas específicas para mejorar la aplicabilidad de la normativa de consumo en la UE y fortalecer también las estrategias previstas en la Política de Consumo de la Unión Europea.
Estas medidas incluyen una mejora del papel de la Comisión Europea en la promoción de la ejecución efectiva de acciones transfronterizas y en el intercambio de datos y experiencias entre las autoridades de consumo pertenecientes a los diferentes Estados miembros de la Unión.
Las medidas se encuentran comprendidas en los siguientes documentos oficiales de la Comisión:
El paquete de medidas aprobadas debe asentar también las bases para abrir un debate serio y profundo entre la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y los Estados miembros en relación a la estrategia para la política de consumo dentro de la Unión Europea. A su vez, la Comisión se compremete a mejorar los trabajos de la red CPC mediante la ejecución de más acciones conjuntas, la ejecución de un Plan de actuación con carácter anual y el debate sobre las temáticas de más importancia en los ámbitos de consumo.
El crecimiento de la globalización, la expansión del comercio electrónico y la ampliación del Mercado Interior no pueden frenar a las autoridades de consumo y a las personas consumidoras, que pueden encontrar limitaciones legales debido al ejercicio de sus derechos como consumidores y la aplicación de políticas como autoridades de consumo.
Presentada la actualización de la herramienta GPSD Business Application
El pasado día tres de julio. la Dirección General de Salud y Protección de los Consumidores de la Comisión Europea presentó una versión actualizada de la herramienta GPSD Business Application en la European Business Leaders Convention realizada en Helsinky. La GPSD es una plataforma on-line destinada a aquellos productores y distribuidores que deseen notificar a las autoridades de la Unión todos aquellos productos que estén el mercado europeo y que sean peligrosos.
El aplicativo presentado ahorra tiempo dado que permite realizar una notificación e informar a los Estados involucrados al mismo tiempo. Esta herramienta permite unificar todo el procedimiento de notificación sin necesidad de utilizar otros tipos de medios de comunicación más tradicionales como son el fax o los correos electrónicos.
Para más información:
Manual GPSD (en inglés)
Comunicado de prensa (en inglés)
MEMO GPSD (en inglés)

Explotación de los datos de las reclamaciones de consumo en la UE para acelerar la política de respuesta a los puntos débiles de los mercados
La Comisión Europea ha adoptado una Recomendación que introduce un método en toda la UE para clasificar y presentar las reclamaciones de las personas consumidoras que han utilizado los órganos de reclamación sobre una base voluntaria.
Se espera de este método que aporte datos de reclamaciones similares para ofrecer evidencias cruciales respecto a qué partes del mercado interior son objeto de más insatisfacción por parte de las personas consumidoras en la UE. El método, a su vez, permitirá una respuesta política más rápida y mejor dirigida, tanto en el ámbito nacional como comunitario. Las quejas de las personas consumidoras son un indicador clave sobre la salud del mercado. Hay más de 700 organismos que tramitan reclamaciones de consumo en Europa, pero utilizan clasificaciones diferentes. Como resultado, la comparación y el análisis general no son posibles, ni siquiera en el ámbito nacional. Para facilitar la adopción del método, la Comisión prestará asistencia técnica y un programario libre.
Nota de prensa (en inglés)
Conferencia de expertos en reclamaciones de consumo - 27 de mayo de 2010 (en inglés)
Reglamento CPC
Se ha publicado el 1er Informe bianual de la Comisión Europea sobre la aplicación del Reglamento (CE) nú. 2006/2004 de 27 de octubre de 2004, sobre la cooperación entre las autoridades nacionales encargadas de la aplicación de la legislación de consumidores, Reglamento CPC.
Dos años y medio después de su entrada en vigor cabe recordar que este Reglamento establece una red comunitaria de autoridades públicas competentes en la aplicación de la legislación sobre consumidores, armonizando en parte sus competencias en la investigación y aplicación de la normativa y define los sistemas para intercambiar información y/o acciones de aplicación contra las infracciones transfronterizas.
Es requisito de la red CPC que los Estados miembros designen a las autoridades públicas ecargadas de aplicar la legislación y una oficina de enlace única que coordine la aplicación del propio Reglamento CPC a nivel nacional, así como que garanticen que las autoridades designadas tengan competencias mínimas de investigación y aplicación de la legislación y recursos adecuados, aspecto este último difícil de evaluar por parte de la Comisión, dadas las diferentes capacidades administrativas de los Estados miembros.
Además de la Comisión, existe un Comité, integrado por representantes de los Estados miembros - y en el cual participan miembros de la Agència Catalana del Consum como representantes de las Comunidades Autònomas - que está presidido por la Comisión.
¿Cómo ha funcionado, durante este último período, la red CPC?
La mayor parte de los casos son solicitudes de información, seguidas de requerimientos de aplicación para afrontar infracciones normativas. Se ha creado un aplicativo informático, el SCPC, objeto de estudio para su mejora, que posibilita el intercambio de información y cooperación. La mayoría de infracciones detectadas lo son en relación a la publicidad engañosa y también a prácticas comerciales en linea.
Paralelamente, la red CPC ha realizado 2 acciones de control o vigilancia de la aplicación de la legislación, sobre webs de venta de billetes de avión (2007) y de venta de politonos para teléfonos móviles (2008) también en internet.
Puntos débiles de la red CPC
1) Un tercio de las autoridades con permiso de acceso no utilizan el aplicativo informático SPC.
2) Los plazos reales de cierre de las solicitudes o casos se están dilatando en el tiempo.
3) A parte de otros factores, es necesario buscar una interpretación homogénea en aspectos esenciales como
son la interpretación de la normativa comunitaria de protección de las personas consumidoras, la noción
de los intereses colectivos, etc.
4) La red CPC debe publicitarse de una forma mucho más evidente y visible para todo el mundo.
Valoración final
Ya se puede hablar de resultados tangibles del trabajo de la red CPC, però deben mejorarse y susperar los puntos débiles, incluso reservando a la Comisión la posibilidad de incoar expedientes de infracción contra los Estados que incumplan sus obligaciones establecidas en el Reglamento CPC. En 2010 se revisarán las normas de desarrollo. Se seguirán aprobando Planes anuales de aplicación de la legislación, "barridos" o acciones de vigilancia del mercado y se definirán sistemas que potencien el conocimiento y percepción de la red CPC en la UE.

© 2007 Agència Catalana del Consum