Viajes combinados
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Información general (actualizada a 10.08.2011)
1. Los agentes de viajes
2. La contratación de viajes combinados
3. Información previa en los viajes combinados
4. El contracto
5. Las variaciones en los precios de los viajes reservados
6. Los costes de anulación por parte del usuario
7. Anulación o modificación del viaje por parte del agente
8. Recomendaciones finales
1. Los agentes de viajes
Agente de viajes es aquella persona que, bajo cualquier forma emprearial puede comercializar y organizar viajes combinados, teniendo reservadas en exclusiva estas actividades. Los y las agentes de viajes pueden realizar cualquier actividad de asesoramiento, mediación y organización en materia de servicios turísticos.
Dentro el sector de los agentes de viajes podemos distinguir tres tipos de empresas: los mayoristas, los detallistas y los mayoristas-detallistas.
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Los mayoristas organizan viajes y los venden a agentes de viajes detallistas que, a su vez, los venden a los usuarios.
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Los detallistas se dedican fundamentalmente a comercializar servicios turísticos aislados y viajes organizados por los agentes de viajes mayoristas. También pueden organizar viajes, pero los deben vender directamente a sus clientes, no los pueden vender a ninguna otro agente.
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Los mayoristas-detallistas participan de las características de los detallistas y los mayoristas; organizan viajes y los venden a los usuarios o a otros agentes.
Los agentes de viajes deben contar con una licencia que concede la Generalitat de Catalunya para poder realizar su actividad, y tienen la obligación de suscribir una póliza de responsabilidad civil y depositar una cantidad de dinero en concepto de fianza.

2. La contratación de viajes combinados
El viaje combinado o forfait es la combinación previa de al menos dos de los elementos siguientes, vendidos u ofrecidos en venta por un precio global, siempre que la prestación rebase las veinticuatro horas o incluya una noche de estancia y sin perjuicio que se puedan facturar por separado los diferentes elementos de un mismo forfait:
- El transporte, sin perjuicio de lo que establece la normativa del transporte de personas viajeras por carretera, mediante vehículos de motor.
- El alojamiento.
- Otros servicios turísticos no accesorios del transporte o del alojamiento que representen una parte significativa del viaje combinado. De acuerdo con la ley, sólo se consideran servicios turísticos no accesorios del transporte o del alojamiento los ofrecidos por los establecimientos de restauración y por los guías de turismo.

3. Información previa en los viajes combinados
Tenemos derecho a recibir, por escrito y con tiempo suficiente antes de la fecha de inicio del viaje, la información siguiente:
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Los horarios, las escalas, los enlaces y la categoría de los medios de transporte. También debemos disponer de los datos del representante local del agente organizador en el país o en los países a los que viajamos. En el caso de que en estos países no exista ningún representante, el agente nos debe facilitar un teléfono de urgencia que nos permita contactar con el agente organizador o con el detallista.
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Además, debemos disponer del documento que contiene las cláusulas contractuales del viaje combinado.
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?Los agentes de viajes nos pueden pedir hasta un máximo del 40% del importe total del viaje en concepto de depósito, salvo el supuesto de que las condiciones del proveedor impongan el pago anticipado al agente de viajes, contra el que tendrán que entregar recibo o documento justificativo donde consten las cantidades recibidas y los conceptos. En el momento de pagar el precio total, nos tienen que restar esta cantidad adelantada.
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La información escrita proporcionada por un agente de viajes es vinculante y debe responder siempre a criterios de utilidad, precisión y veracidad. No puede incluir publicidad falsa o engañosa. ?Por contra, los agentes tienen que informar de las posibilidades de suscribir un contrato de seguro que cubra los gastos de cancelación ocasionados por el consumidor o de un contrato de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente o enfermedad.

4. El contrato
Cuando contratamos un viaje combinado tenemos que formalizar por escrito un contrato, el cual debe incluir, al menos, los datos siguientes:
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La fecha, la hora y el lugar de salida.
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Los medios de transporte en los que viajaremos, sus características y su categoría.
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El destino o los destinos de los viajes y las fechas.
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La situación del alojamiento, la categoría y el tipo de comidas incluidas, si hemos contratado estos servicios.
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El itinerario.
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Las visitas y las excursiones incluidas.
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El precio del viaje, el calendario y las modalidades de pago.
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Todas las cláusulas que hayamos pactado en el momento de la reserva.
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La advertencia que nos deben hacer referida a la obligación de comunicar con la mayor brevedad posible a la agencia de viajes los posibles incumplimientos que observemos in situ.
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Toda solicitud especial que el consumidor haya transmitido en el momento de la reserva al organizador o al detallista y ambos hayan aceptado.
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El nombre y la dirección del agente organizador y vendedor final.
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En los casos en que la realización del viaje dependa de una cantidad mínima de personas, la fecha límite de la posible rescisión del contrato.
En el momento de la formalización del contrato, el agente de viajes tendrá que entregar al usuario o consumidor los títulos, bonos u otros documentos correspondientes a los servicios encargados, y adjuntar una factura o documento de cobro en la que tendrá que figurar el precio total abonado por el cliente. En la factura o documento de cobro correspondiente al contrato de servicios sueltos, se especificarán clara y separadamente el precio de cada uno de los servicios y el recargo por gastos de gestión.

5. Las variaciones en los precios de los viajes reservados
El precio del viaje establecido en el contrato no puede ser revisado al alza o a la baja, excepto si nos han mencionado dicha posibilidad previamente y se han definido las modalidades de cálculo.
Los factores que pueden provocar cambios en los precios de un viaje contratado son los siguientes:
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Las variaciones del coste del transporte y el precio de los carburantes
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Las variaciones de las tasas y los impuestos relativos a determinados servicios, como por ejemplo los impuestos de aterrizaje o de desembarco
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Las variaciones del tipo del cambio de moneda aplicado al viaje organizado
En cualquiera de estos tres supuestos, el agente nos debe notificar la revisión del viaje hasta 20 días antes de la fecha de inicio del mismo.

6. Los costes de anulación por parte del usuario
Si queremos anular el contrato con lel agente, deberemos pagar los gastos de gestión; los de anulación, debidamente justificados, si son procedentes, y una penalización cuyo importe varía según los días que falten para iniciar el viaje:
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Si faltan entre 10 y 15 días, la penalización es del 5% del importe del viaje.
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Si faltan entre 3 y 10 días, la penalización es del 15% del importe del viaje.
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Si la anulación se hace durante las 48 horas anteriores a la salida, se pierde el 25% del importe del viaje.
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Si no nos presentamos a la hora prevista para la salida, no tendremos derecho a ninguna devolución de la cantidad abonada, excepto que lleguemos a un acuerdo con el agente en otro sentido.
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En las reservas de viajes combinados, el agente de viajes tiene la obligación de informarnos de la posibilidad de suscribir un seguro que cubra los gastos de cancelación si no podemos hacer el viaje por causas imprevistas.
En caso de que alguno de los servicios sueltos o el paquete turístico esté sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, como flete de aviones, barcos, tarifas especiales u otros, los gastos de anulación por desistimiento se establecerán de acuerdo con las condiciones acordadas entre las partes.

7. Anulación o modificación del viaje por parte del agente
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Si el agente no puede prestar los servicios que le hemos contratado por circunstancias ajenas a su voluntad, como por ejemplo huelgas, guerras, trombas de agua, catástrofes, se entiende que se produce una situación de fuerza mayor y que el agente queda eximido del cumplimiento de los acuerdos establecidos.
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Si la imposibilidad de cumplir con lo que hemos pactado afecta solamente a una parte de los servicios contratados, el agente tiene la obligación de ofrecernos la posibilidad de optar entre la devolución del importe abonado o la sustitución del servicio por otro de características similares.
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Si los problemas surgen una vez hemos empezado el viaje, el agente tiene la obligación de facilitarnos el retorno al punto de origen y de reintegrarnos las cantidades que correspondan proporcionalmente a los servicios no consumidos.
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El agente también puede anular un viaje que no reúna el número mínimo de participantes, siempre y cuando dicha posibilidad haya sido previamente anunciada y la anulación se nos comunique, por escrito, dentro del plazo indicado en la descripción del viaje combinado. Las cantidades entregadas por anticipado se nos devolverán íntegramente.
8. Recomendaciones finales
- Tenemos derecho a una información veraz; los opúsculos y programas editados por los agentes no pueden contener publicidad falsa o engañosa.
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Es conveniente que nos dirijamos a un agente de viajes que disponga del número de identificación que otorga la Administración, puesto que es una garantía de legalidad. En el exterior del local del agente de viajes tendrá que figurar un letrero donde conste claramente, al menos en catalán, el nombre del agente, el grupo al que pertenece y su código de identificación.
En el letrero exterior del agente de viajes tiene que constar la siguiente información:
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Nombre de la agencia de viajes
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Código identificativo del título - licencia
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Caso de disponer de una marca comercial, ésta en el lado del nombre
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El título licencia es un número acompañado de las letras que identifican la Comunidad Autónoma donde radica la casa central del agente de viajes.
Ejemplos:
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GC: Cataluña
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CICMA: Madrid
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CAA: Andalucía
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BAL: Illes Balears
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CIE: Euskadi
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XG: Galicia
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CICL: Castilla-León
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CV: País València
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También podemos consultar si el establecimiento donde se desarrolla la actividad de agencia está debidamente autorizado al efecto en el Registro de Turismo de Cataluña de la Dirección General de Turismo. Podemos hacer la consulta directa a través de la web del Departamento de Empresa y Empleo o bien consultarlo a la web donde esta colgada la
lista de establecimientos de agencias de viaje inscritos en el RTC.
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Si se trata de un agente de viajes que opera mediante una página web, hará falta que los datos mencionados aparezcan anunciados en su página web.
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Debemos solicitar información sobre las diferentes ofertas que existen en el mercado, así como de las posibilidades que tenemos de organizar un viaje a medida de nuestros deseos personales, y comparar detenidamente los servicios que ofrece cada programa.
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Nos tenemos que asegurar de cuáles son los servicios que incluye el precio, como billetes de avión, tasas de aeropuerto, traslados entre aeropuerto y hotel, categorías de los hoteles, comidas, entradas en monumentos, excursiones facultativas, etc.
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Debemos prestar especial atención a la cuestión de las excursiones y visitas facultativas. La expresión facultativa significa que es opcional; por ello, si nos interesa hacer una visita o excursión de este tipo, lo deberemos pagar aparte del precio del viaje.
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Debemos leer detenidamente las condiciones especiales y generales del viaje. Las generales se encuentran normalmente en la última página del programa.
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La información sobre la categoría de los hoteles que aparece en los programas de los agentes de viajes tiene un valor relativo, porque la consideración de una categoría u otra para un hotel varía mucho según el país.
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En el caso de los destinos con características meteorológicas especiales (temporada de lluvias) o con situaciones políticas inestables, debemos informarnos de su situación en la embajada correspondiente antes de iniciar el viaje.
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Si consideramos que durante el viaje se ha incumplido alguna estipulación del contrato, tenemos derecho a reclamar, tanto en la vía arbitral de consumo como en la vía judicial. El agente de viajes está obligado a tener a nuestra disposición hojas de reclamación. El agente de viajes tiene una fianza que cubre el reembolso de los fondos depositados o la repatriación de los viajeros. Esta fianza únicamente se puede ejecutar mediante un laudo arbitral o sentencia judicial.
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El agente de viajes tiene una fianza. La fianza quedará afectada por la resolución firma en via judicial declaratoria de responsabilidades económicas de los agentes de viajes, derivada de la prestación de servicios al consumidor o usuario final, com són el reembolso de los fondos depositats o la repatriación del consumidor. Esta fianza sólo se puede ejecutar mediante un laudo arbitral o sentencia judicial.
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Las facturas deben indicar los conceptos, los importes y, en lugar visible, el nombre y el sello del establecimiento. Las debemos pedir y guardarlas siempre, puesto que son imprescindibles en caso de reclamación. También debemos guardar los billetes.
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Para más información, consultar la
normativa de turismo 
(web del Departament d'Innovació, Universitats i Empresa).
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